
La Sección Sindical CSIF Bomberos quiere hacer llegar a la opinión pública determinadas denuncias sobre la puesta en marca de la Plaza de Usos Múltiples recientemente inaugurada. Nos parece muy grave que se tome tan a la ligera la apertura de la misma, sin tan siquiera un plan de emergencia o actuación en caso de que se produjera alguna situación de emergencia que requiriese evacuar a las personas del mismo. Hemos esperado hasta el último momento para ver si las cosas se hacían como se debiera, pero hasta la fecha los miembros de la plantilla de bomberos no han sido informados de las características de la plaza, el número de salidas de emergencia, los focos donde se acumulan más riesgo, tomas de agua, etc. cosas que son muy necesarias que las personas que componen el cuerpo de extinción de incendios conozcan de primera mano. Desde esta sección sindical nos hacemos una pregunta ¿esperan a que se produzca un incendio, por ejemplo, para ver como tienen que actuar los servicios operativos? Que no olvide la Corporación Local, que entonces estarían jugando con vidas humanas y que, si ocurriera una desgracia, no podrían dar marcha atrás, cosa distinta si previamente hubiesen realizado un simulacro y todos servicios operativos llamados a intervenir en caso de una emergencia, policía, guardia civil, bomberos, servicios sanitarios, etc. supiesen todos los entresijos de la plaza. Es a lo que la Ley 2/2002 de 11 de noviembre de gestión de emergencia obliga en esta materia.
De igual modo queremos informar al Sr. Alcalde que según esta ley usted es el máximo responsable, es a usted al que van a pedir responsabilidad en caso de que se produzca una desgracia por no hacer las según dicta la Ley .
Nos extraña y mucho que no se hagan las cosas según dicta la ley en este caso, cuando la titularidad recae sobre el Ayuntamiento, cuando ante la apertura de establecimientos de gran aglomeración de público (como ocurrió con el ErosKi) si se exigió.
De igual modo queremos denunciar que según la sección IV referente al voluntariado de Protección Civil en su art, 28 párrafo 2 dice que "mediante la acción voluntaria no se podrán reemplazar actividades que estén siendo desarrolladas por medio de trabajo remunerado o servir para eximir a los poderes públicos de garantizar las prestaciones o servicios que ya han sido asumidos por las Administraciones Públicas". Es decir nunca un miembro de Protección Civil puede suplantar a un Bombero como está ocurriendo de una manera muy asidua últimamente. Y repetimos EL SR. ALCALDE ES LA MÁXIMA AUTORIDAD Y ES A ÉL AL QUE SE LE VA A EXIGIR RESPONSABILIDADES CUANDO OCURRA UNA DESGRACIA.
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